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Abogado llama a la Antigua Orden Dominicana a prestar atención artículos 317 y 318 del nuevo Código Penal

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Santo Domingo.- El abogado Amadeo Peralta declaró que luego de analizar las nuevas disposiciones del Código Penal se puede verificar que los legisladores establecieron penas de prisión de 2 a 3 años para cualquier persona que utilice uniformes, insignias y distintivos reservados para autoridad pública, «comúnmente utilizado por muchas personas, algunas de las cuales se han visto envueltos en la comisión de diversos delitos que incluyen hasta asalto a bancos con estos uniformes tipo militares».

Peralta estableció que en este país cuando te quieren «fastidiar» buscan las herramientas y el nuevo Código Penal que entrará en vigencia a partir del día 3 de agosto del año 2026, el cual trae sanciones muy preocupantes que pudieran afectar a los miembros de la Antigua Orden Dominicana, «ya que aunque su fin es muy distinto, muchas personas han visto con cierta preocupación el recurrente uso de uniformes e indumentarias y botas militares por parte de sus integrantes».

Sostuvo que simpatiza con la causa que éstos llevan a cabo, pero que deben cuidarse para que no los metan en una «vuelta rara» ya que el Código Penal en sus artículos 317 y 318, disponen en relación con el uso de uniformes, insignias y distintivos, cuyo uso esté reservado a la autoridad pública o que se asemejen o se parezcan a estos, lo siguiente:

Artículo 317.- Usurpación de insignias y distintivosQuien utilice en público y sin calidad para ello insignias, distintivos, condecoraciones, uniformes o documentos de identificación cuyo uso está reservado a la autoridad pública, será sancionado con dos a tres años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público”.

Artículo 318.- Usurpación de uniformes y objetos de autoridades públicas”Quien utilice en público y con una finalidad no cultural, o artística, trajes, uniformes, insignias, documentos distintivos o vehículos que se asemejen a los objetos o bienes de este tipo reservados a la autoridad pública será sancionado de dos a tres años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público”.

Artículo 319.- Usurpación de uniformes e insignias agravada. “Cuando los hechos previstos en los artículos 317 y 318 tengan por objeto preparar o facilitar la comisión de alguna infracción muy grave o grave, la sanción será de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público”.

El abogado indicó en ese sentido, que estos artículos vienen a castigar y sancionar a muchas personas que de una u otra manera y de modo hasta confuso se visten de ropa negra militar o policial o de los diversos organismos de prevención del crimen como es el Dicrim, la DNCD, bomberos, Policía Municipal y hasta Defensa Civil y otros, y crean cierta confusión como el caso del supuesto teniente coronel de la Policía Municipal de Santo Domingo Este, el cual fue detenido luego de ser captado disparando un arma de fuego durante un incidente con dos contratistas eléctricos.

Recordó Peralta que ese hecho registrado en la calle 4ta del sector Los Mameyes, en Santo Domingo Este, en que el agresor vestía con una gorra que lo identificaba con un escudo o insignia como “teniente coronel” de la Policía Municipal o como Teniente Coronel del Ejército Nacional y un Poloshirt color negro con un sello distintivo del Ejército Nacional y una pistola con la cual golpeo a una persona, la amenazó y realizó un disparo al aire.

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