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Gobierno español propone un permiso de un día para acompañantes de receptores de eutanasia – El Nuevo Diario (República Dominicana)
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. EFE/ Fernando Alvarado.
EL NUEVO DIARIO, MADRID.- El Ministerio español de Trabajo propuso este lunes a los agentes sociales un nuevo permiso laboral de un día de duración para los acompañantes de personas que vayan a recibir la eutanasia, regulada en España por ley desde 2021.
Este nuevo permiso, recogido en una propuesta a la que tuvo acceso EFE, tendrá que disfrutarse el día en que se vaya a administrar la eutanasia y únicamente cuando el trabajador acompañante haya sido designado por la persona interesada, con independencia de si es o no un familiar.
La propuesta de Trabajo también incluye un nuevo permiso de hasta 15 días hábiles para el cuidado del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad cuando necesiten cuidados paliativos.
Este nuevo permiso, que solo podrá usarse una vez por persona necesitada de cuidados, podrá dividirse en dos bloques a lo largo de tres meses, que comienzan el primer día de permiso y acaban en la fecha de fallecimiento del paciente.
La propuesta aclara que el nuevo permiso no afectará al derecho de los trabajadores a acogerse en ese periodo a permisos por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización si los cuidados paliativos se reciben en el domicilios del enfermo.
Además, el ministerio propone ampliar el permiso por fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad hasta los diez días hábiles.
Esto incluye tanto a hijos como a nietos y también a abuelos, y podrá disfrutarse a lo largo de las cuatro semanas siguientes a la muerte o entrega de los restos del fallecido.
El permiso por fallecimiento para los familiares hasta el segundo grado de afinidad -lo que incluye a cuñados y abuelos del cónyuge- se mantiene en dos días hábiles, salvo en casos en que el trabajador tenga que desplazarse fuera de lugar habitual de residencia, cuando se extiende a cuatro días.
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