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Concluyen RD posee fundamentos constitucionales y doctrinales sólidos para defender su soberanía

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Concluyen RD posee fundamentos constitucionales y doctrinales sólidos para defender su soberanía


-El documento recomienda evaluar la denuncia de la Convención Americana, la declaración de «personae non gratae» y el eventual retiro de la OEA-

Santo Domingo, RD.- El empresario dominicano, Porfirio López Nieto, hizo público un análisis integral titulado «Análisis sobre las relaciones de la República Dominicana con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (OEA, CIDH, Corte IDH)», clasificado como documento de dominio público bajo la referencia UIP-OEA-2026-03.02. El estudio examina de manera exhaustiva la problemática derivada de la relación entre el Estado dominicano y los organismos del Sistema Interamericano, integrando perspectivas de los derechos constitucional, penal, civil y migratorio.

El documento analiza las cuatro sentencias contenciosas dictadas por la Corte IDH contra la República Dominicana: el caso de las Niñas Yean y Bosico (2005), sobre denegación de nacionalidad y presunta apatridia; el caso Nadege Dorzema (2012), relativo a la masacre de Guayubín y al uso excesivo de fuerza letal contra migrantes haitianos; el caso de Personas Dominicanas y Haitianas expulsadas (2014), que ordenó al Estado dejar sin efecto normas constitucionales vinculadas a la nacionalidad; y el caso Benito Tide Méndez y otros (2023), sobre detención y expulsión arbitrarias de personas de origen haitiano.

El autor identifica en estas sentencias un patrón sistemático en el que la Corte ha priorizado interpretaciones extensivas de la Convención Americana que colisionan con el ejercicio legítimo de la soberanía estatal en materia de nacionalidad y política migratoria.

Entre los fundamentos jurídicos invocados, el estudio destaca la Sentencia No. 9/2005 de la Suprema Corte de Justicia, que reafirmó la potestad soberana del Estado para determinar quiénes son sus nacionales, con base en la Convención de La Haya de 1930 y en la tradición constitucional vigente desde 1929. Asimismo, subraya la sentencia TC/0256-14 del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional el instrumento de aceptación de la competencia de la Corte IDH por no haber cumplido con el procedimiento constitucional de aprobación legislativa. Ambos precedentes, según el análisis, configuran un cuestionamiento legítimo a la autoridad jurisdiccional de la Corte IDH y de la CIDH sobre la República Dominicana.

El estudio se apoya en tres doctrinas jurídicas americanistas: la Doctrina Calvo (1868), que postula el recurso a los tribunales nacionales sin intervención diplomática extranjera; la Doctrina Drago (1902), que prohíbe la coerción para forzar el cumplimiento de obligaciones; y la Doctrina Estrada (1930), que consagra el principio de no intervención en los asuntos internos de otros Estados.

Estas doctrinas, articuladas con los artículos 1, 3 y 4 de la Constitución dominicana de 2010, así como con el derecho a la autodeterminación de los pueblos, configuran un marco jurídico robusto que ampara la potestad soberana de la República Dominicana para definir sus políticas migratorias y criterios de nacionalidad.

En materia de integridad institucional, el documento identifica controversias éticas que involucran a cuatro jueces de la Corte IDH entre 2000 y 2026, incluyendo acusaciones de violencia doméstica (Brasil), vinculación con prostíbulos (Argentina), soborno (Ecuador) y nexos con la corrupción de Odebrecht (Perú).

El autor sostiene que estas situaciones comprometen la credibilidad del tribunal y cuestionan la autoridad moral de los órganos garantes de derechos humanos.

El análisis respalda explícitamente las posiciones del Dr. Juan Manuel del Rosario, defensor de la nacionalidad dominicana y la soberanía migratoria, y del Dr. Milton Ray Guevara, expresidente del Tribunal Constitucional, cuyo artículo «Tremenda corte y nacionalidad dominicana» (24 de febrero de 2026) demuestra, con apoyo en fuentes académicas europeas, la imposibilidad jurídica de la apatridia en los casos ventilados y la extralimitación de la Corte IDH al pretender dictar criterios de nacionalidad al Estado dominicano.

Respecto a los procesos en curso, el documento advierte sobre una expansión temática de las peticiones ante la CIDH que trasciende la problemática migratoria original y abarca cuestiones como la prohibición del aborto, la discriminación racial, los derechos de las comunidades bateyes y los derechos de las personas LGBTI. El autor interpreta esta ampliación como evidencia de una agenda programática que busca condicionar la política pública interna del Estado dominicano.

Como recomendaciones principales, el estudio propone que la República Dominicana evalúe la declaración de «personae non gratae» —conforme al Artículo 9 de la Convención de Viena de 1961— contra representantes de organismos del Sistema Interamericano cuyas acciones se consideren contrarias a la soberanía nacional; la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos conforme a su artículo 78; y el eventual retiro de la OEA. El documento concluye que la defensa de la soberanía y la identidad nacional constituyen intereses superiores que justifican dichas medidas.

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20 años de prisión para hombre violó niña en Los Alcarrizos

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20 años de prisión para hombre violó niña en Los Alcarrizos


SANTO DOMINGO.-Luego de conocer las múltiples pruebas aportadas por el Ministerio Público, un tribunal de Santo Domingo Oeste condenó a 20 años de prisión a un hombre procesado por violar sexualmente a una niña de 9 años de edad, en un hecho registrado en el municipio de Los Alcarrizos.

Ardo Anthonelly Mercado Hernández fue hallado culpable de faltar a varias disposiciones del Código Penal Dominicano, así como el artículo a la Ley 136-03 que crea el Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

La acusación fundamentada en la investigación del procurador fiscal Joel Pinales, indica que la víctima narró de manera clara como el procesado cometió las acciones delictivas en repetidas ocasiones en su perjuicio.

El expediente también detalla que la niña fue sometida a una evaluación física, cuyo resultado certificó que fue violada sexualmente.

Durante el juicio, las fiscales litigantes Francheska Alcántara y Sugely Valdez presentaron pruebas testimoniales, periciales y documentales con las cuales quedó destruida la presunción de inocencia del procesado Mercado Hernández.

El tribunal, compuesto por las juezas Ana Miledis Taveras, Leonarda Quezada y Clara Yoselin Rivera, envió al sentenciado a cumplir la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres.

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Latax apoya propuesta para regula profesionales de impuestos en Nueva York

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Latax apoya propuesta para regula profesionales de impuestos en Nueva York


NUEVA YORK.- Latino Association of Tax Preparers, Inc. – LATAX, ve positiva la propuesta sometida al comité de finanzas del Senado Federal por los titulares Mike Crapo (R-Idaho) and Ranking Member Ron Wyden (D-Oregon) para regular el ejercicio de los profesionales de impuestos.

La junta directiva de Latax, encabezada por su presidente de la entidad, Samuel Sánchez E., entiende que se hace necesario elevar los niveles de protección de los contribuyentes y de igual forma, proteger a los profesionales dedicados a su oficio de forma ética y en el marco de los que establece la circular 230.

Sánchez destacó que el proyecto de ley contiene diez títulos que impactarán positivamente a los sectores envueltos en la presentación de impuestos.

Mejorar la administración tributaria y el servicio al cliente; Crear equidad y simplificación para millones de contribuyentes estadounidenses que viven en el extranjero; Agilizar la revisión judicial de determinaciones adversas del IRS de varias maneras; Fortalecer la independencia de la Defensoría del Contribuyente; Autorizar al Departamento del Tesoro a establecer estándares mínimos para los preparadores de declaraciones de impuestos; Fortalecimiento de los derechos de los contribuyentes ante la Oficina de Apelaciones; Establecer reglas relativas a los denunciantes; Proporcionar alivio de presentación y pago a los contribuyentes estadounidenses mantenidos como rehenes en el extranjero que no cumplen con los plazos; Proporcionar ayuda administrativa a las pequeñas empresas; y Ciertos cambios diversos.

Por su parte Jorge Bunay, vicepresidente de la entidad hace un llamado a los profesionales latinos a estar pendientes al proceso de discusión y posible aprobación de este Bill, y recuerda que la razón de la existencia de Latax es precisamente orientar y capacitar a los profesionales que se verán compelidos a mejorar sus cualificaciones.

Marcos Timaná, tesorero, exclamó: Latax viene promoviendo este requisito desde el año 2009 y ahora que se presenta la oportunidad, estamos listos para capacitar a los profesionales latinos con los parámetros de los nuevos requerimientos.

Samuel Sánchez destacó varios puntos discutidos en el comité de finanzas que orientan en que dirección va la referida propuesta: Exigir al IRS que mejore los avisos de “errores matemáticos” para que los contribuyentes estén mejor posicionados para responderles oportunamente; Agilizar la revisión de ofertas de compromiso para facilitar la resolución de las deudas tributarias de los contribuyentes; Simplificar el cumplimiento del informe de cuentas bancarias extranjeras (FBAR) para que menos contribuyentes no presenten formularios clave; Aclarar y ampliar la jurisdicción del Tribunal Fiscal para que más contribuyentes puedan presentar sus reclamaciones en un lugar apropiado; Ampliar la independencia del Defensor Nacional del Contribuyente (NTA) del IRS;

Incrementar las sanciones civiles y penales a los profesionales de impuestos que deliberadamente tomen acciones para dañar a sus clientes; Ampliar el acceso de los contribuyentes a la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS, entre otras.

Si avanza, estamos frente a una propuesta que le daría un giro de 360 grados a la responsabilidad civil y penal de quienes incumplan la ley.

Samuel Sánchez destacó que la junta directiva en pleno, integrada además por María J. García, Pedro Álvarez y Moises Núñez, respalda esta propuesta a la que dará seguimiento e inmediatamente haya resultados en el congreso estadounidense, iniciará las tareas educativas requeridas.

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Matan a tiros a vigilante en un asalto ¿Quiere saber cual fue la condena?

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Matan a tiros a vigilante en un asalto ¿Quiere saber cual fue la condena?


SANTO DOMINGO.-Tras acoger las pruebas presentadas por el Ministerio Público, un tribunal del Distrito Nacional condenó a 30 años de prisión a dos hombres hallados culpables de la muerte a tiros de un vigilante privado durante un asalto ocurrido en un residencial del sector Los Ríos.

La condena fue dictada en contra de Jeiseel Díaz Payano (Chino o Chinito) y Franklin Joshua Pineda (el Pillo), luego de que el Ministerio Público la participación directa de ambos en el homicidio de Ezequiel De León Fajardo, quien prestaba servicios de vigilancia en un residencial.

El Ministerio Público, representado por las fiscales litigantes Carolin Junesca De Oleo y Yelianny Polanco, presentó evidencias testimoniales, periciales y documentales que permitieron demostrar la responsabilidad penal de los condenados, quienes incurrieron en asociación de malhechores y homicidio voluntario. También, en la violación a la Ley sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, ilícitos previstos y sancionados en los artículos 265 y 266, 295 y 304, párrafo II, del Código Penal Dominicano, y los artículos 66, 66-V y 67 de la Ley núm. 631-16.

En el mismo proceso fue absuelto Manuel Enrique Carela Taveras, al no encontrar el tribunal pruebas suficientes que demostraran su vinculación directa con los hechos.

De acuerdo con la investigación dirigida por la procuradora fiscal Topacio Suero, el crimen ocurrió el 30 de enero de 2025, alrededor de las 11:40 de la noche, en el ubicado en el sector Los Ríos.

La investigación estableció que los condenados se asociaron para cometer el hecho. Ese día, solicitaron un servicio de transporte a través de una aplicación de taxis, con la finalidad de desplazarse hasta el residencial.

El servicio fue asignado a un vehículo Daihatsu Mira, color blanco que fue abordado por los acusados. Durante el trayecto, uno de los imputados encañonó al conductor y lo obligó a trasladarse al asiento trasero, mientras asumió la conducción del vehículo.

Al llegar al residencial, los agresores lograron acceder tras mostrar la cédula de identidad del conductor en la garita de seguridad. Posteriormente, se dirigieron a otra garita, donde se encontraba el De León Fajardo, a quien uno de los condenados encañonó desde el interior del vehículo.

Pese a que la víctima levantó los brazos en señal de rendición, el agresor le realizó dos disparos, causándole la muerte de manera inmediata. Acto seguido, los imputados sustrajeron el arma que portaba el vigilante, así como pertenencias del conductor del vehículo, incluyendo dos teléfonos celulares y la suma de RD$10,000 y abandonaron el lugar.

Entre las evidencias valoradas por el tribunal figuran los resultados de los análisis balísticos, que establecieron la correspondencia entre los casquillos y proyectiles recolectados en la escena y el arma utilizada para cometer el crimen, conforme al certificado de análisis forense núm. 0565-2025.

Asimismo, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) concluyó, mediante el Informe de Autopsia Judicial No. SD-A-0093-2025, que la causa de muerte de la víctima fue shock hemorrágico, producto de una herida por proyectil de arma de fuego con entrada en el hemitórax izquierdo y laceración del corazón.

Por decisión del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, los procesados cumplirán la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.

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