Nacionales
Procuradora General afirma “víctimas del caso Jet Set merecen justicia en un plazo razonable”
SANTO DOMINGO.- Al cumplirse el primer aniversario de la tragedia del Jet Set, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, fue enfática al declarar que el Ministerio Público tiene la misión constitucional de tutelar los derechos de las víctimas, por lo que hará todo lo necesario para evitar que el proceso judicial se convierta en un ejercicio de dilaciones innecesarias.
Reynoso subrayó que las aproximadamente 400 víctimas, entre fallecidos y heridos, así como sus familiares y la sociedad dominicana en general, tienen el derecho inalienable a recibir una respuesta judicial en un tiempo oportuno.
Recordó que este caso que afecta a cientos de víctimas directas, a la vez mantiene en vilo a miles de ciudadanos y a la sociedad en general, que, en uso legítimo de sus derechos a una respuesta del sistema de justicia, demandan transparencia y celeridad.
“Las víctimas merecen una respuesta en un plazo razonable. Estamos hablando de un dolor que afecta a miles de personas, y el sistema de justicia tiene la obligación de responder a ese clamor sin permitir que se abuse de manera indebida de las vías procesales para entorpecer el fondo del proceso”, manifestó la procuradora.
Rechazo al contraperitaje por innecesario y absurdo
La máxima autoridad del Ministerio Público calificó como totalmente innecesario el pedido de contraperitaje solicitado por la defensa de los acusados, así como su autorización por parte del tribunal.
Reynoso señaló que el argumento de un supuesto explosivo carece de fundamento técnico frente a un expediente robusto que contiene evidencias contundentes sobre las fallas estructurales del edificio que alojaba al Jet Set, debido a que los propietarios sobrecargaron el techo, el cual no fue concebido para el cambio de uso ni la sobrecarga que colocaron los acusados Antonio Espaillat López y Maribel Espaillat.
Sostuvo que, si realmente los acusados sienten la muerte de cientos de seres humanos y ven el caso Jet Set como una de las tragedias más dolorosa, si están compungidos y tienen respeto por la dignidad de las víctimas, como expresaron en un comunicado, entonces deberían evitar entorpecer el conocimiento del fondo del proceso, solicitando contraperitajes absurdos. “Sus acciones muestran total incoherencia con sus palabras”, afirmó Reynoso.
Dijo que la solicitud de contraperitaje formulada por la defensa carece de utilidad procesal y pertinencia técnica, constituyendo una maniobra manifiestamente dilatoria que busca desviar la atención de la causa real del colapso del techo de la edificación.
Indicó que resulta jurídicamente irrelevante pretender evaluar la carbonatación del concreto o realizar otros estudios geofísicos profundos cuando la estructura ya había emitido señales inequívocas de fatiga mecánica y pre-colapso que fueron previamente advertidas y deliberadamente ignoradas por los responsables del local.
Recordó que la ciencia de la ingeniería forense establece que, ante un cuadro de fallas visibles y progresivas, la causa jurídica no reside en la microestructura del material, sino en la falta de medidas de mitigación inmediatas.
“Por tanto, someter el proceso a pruebas de cromatografía de gases para detectar explosivos o estudios de suelos kársticos sin que exista un solo indicio fáctico que los sustente, solo es un ejercicio de especulación técnica que busca distar sobre la responsabilidad y postergar, injustificadamente, la decisión judicial sobre un evento lamentable cuya peligrosidad era previsible y evitable”, indicó.
Las víctimas también tienen derecho a un debido proceso
La procuradora general de la República enfatizó que el debido proceso jamás puede ser una prerrogativa exclusiva de los imputados, sino un derecho fundamental que asiste a todas las partes involucradas en el proceso penal.
Bajo esta premisa, Reynoso sostuvo que el acceso a una justicia pronta y cumplida constituye la tutela judicial efectiva a la que tienen derecho todas las víctimas y la sociedad en su conjunto.
“El debido proceso es una garantía de las partes; así como protege la presunción de inocencia, también protege el derecho de las víctimas a que su causa sea conocida sin dilaciones indebidas y bajo el principio de razonabilidad”, indicó.
“Dilatar el proceso con argumentos que contradicen la evidencia técnica, más que ejercer un derecho de defensa constituye una franca vulneración del derecho de las víctimas a la verdad y a la reparación”, puntualizó Yeni Berenice Reynoso.
Compromiso con el debido proceso
La procuradora general de la República garantizó que el Ministerio Público agotará todas las medidas dentro de su ámbito de competencia para asegurar que las víctimas reciban la decisión judicial a la que tienen derecho.
Sostuvo que el órgano persecutor reafirma su firme compromiso con las víctimas y ha presentado un expediente sólido que sustenta la responsabilidad penal de los involucrados.
Al mismo tiempo, dijo, se mantendrá vigilante ante cualquier intento de desvirtuar los hechos con teorías alejadas de la realidad técnica y científica del caso.
Nacionales
“Se hacía pasar por médico en neurociencia”: Solicitan 7 años de prisión para Elizabeth Silverio
SANTO DOMINGO.-El Ministerio Público solicitó ante la Novena Sala Penal del Distrito Nacional la imposición de siete años de prisión a la autodenominada neurocientífica Elizabeth Silverio Silien, acusada de usurpar funciones en el área de la salud a través del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Knowledge Land (Kogland).
Asimismo, el órgano acusador solicitó la imposición de una multa equivalente a 50 salarios mínimos, el decomiso de las pruebas ocupadas y la variación de la medida de coerción existente, al considerar que la imputada ya fue condenada en un primer juicio y enfrenta la probabilidad de una nueva condena, lo que incrementa el peligro de fuga, sumado a la gravedad del daño causado a varias familias y a toda la sociedad.
Durante la presentación de sus conclusiones, el órgano acusador, representado por la procuradora de corte Magalys Sánchez y la procuradora fiscal Laura Vargas, sostuvo que la procesada desarrolló un esquema de estafa en perjuicio de padres de niños con trastorno del espectro autista (TEA), haciéndose pasar por doctora en neurociencia y psicóloga, sin contar con la formación académica ni las acreditaciones legales exigidas y que regulan el ejercicio en dichas áreas.
El Ministerio Público explicó a la jueza Milagros Ramírez Cabrera que, tras tener conocimiento de los hechos, inició una investigación objetiva que permitió verificar que la imputada no posee registro académico válido ni habilitación legal para ejercer profesiones vinculadas a la salud, conforme certificaciones emitidas por universidades extranjeras, el Ministerio de Salud Pública, el Colegio Dominicano de Psicólogos y el Poder Ejecutivo.
Como parte de su accionar, Silverio utilizó documentos falsificados, incluyendo títulos universitarios y un número de exequátur inexistente, con los que aparentaba una preparación profesional que no poseía, logrando así generar confianza en las familias y captar pacientes a los que ofertaba servicios en su centro.
Las pruebas testimoniales presentadas ante el tribunal, especialmente las ofrecidas por los padres de los menores afectados, constituidos en querellantes y actores civiles, evidenciaron que la encartada realizaba evaluaciones, emitía diagnósticos y aplicaba terapias sin aval profesional, llegando incluso a diagnosticar condiciones clínicas inexistentes, lo que provocó afectaciones en la salud de los niños y retrasos en la aplicación de las terapias profesionales adecuadas.
El órgano persecutor también destacó que el centro operado por la acusada funcionaba sin las habilitaciones requeridas por las autoridades competentes, siendo posteriormente clausurado por el Ministerio de Salud Pública, tras comprobarse las irregularidades en su funcionamiento.
De igual forma, informes financieros incorporados al proceso evidenciaron que la actividad desarrollada por Silverio Silien tenía fines lucrativos y le permitían percibir ingresos significativos producto de los servicios ofrecidos a las familias, lo que confirma que el engaño fue utilizado como mecanismo para obtener beneficios económicos.
El Ministerio Público destacó que dichas maniobras constituyen un hecho gravísimo, al tratarse de víctimas en condición de vulnerabilidad, por tratarse de niños que requieren cuidados especializados, por lo que sus familias depositaron su confianza en Silverio Silien con la esperanza de encontrar soluciones.
En ese sentido, indicó que la conducta desplegada por la acusada se subsume en los tipos penales de estafa, falsificación y uso de documentos falsos, en violación a los artículos 147, 148, 150, 151 y 405 del Código Penal Dominicano, así como a los artículos 92, 93 y 156 numeral 7 de la Ley 42-01 General de Salud y el artículo 12 de la Ley 136-03 sobre el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
Tras la presentación de las conclusiones del Ministerio Público, así como de la parte querellante y la defensa, la jueza Milagros Ramírez Cabrera, de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional, cerró los debates y se retiró a deliberar, fijando el fallo de la decisión para el próximo martes, 14 de abril de 2026, a partir de las 2:00 de la tarde.
Nacionales
“La encontró tirada en el piso”: hombre mató a golpes a su mujer
SANTO DOMINGO.- Tras admitir la acusación del Ministerio Público, un tribunal de Santo Domingo Este condenó a 20 años de prisión a un hombre que mató a golpes a su pareja sentimental, en un hecho ocurrido en el año 2024, en el sector El Tamarindo, en Santo Domingo Este.
La condena le fue impuesta al procesado Isaac Matos Rodríguez luego de ser declarado culpable de provocarle la muerte a Loida Chanelis Féliz.
El expediente instrumentado por el fiscal investigador Wilson Díaz señala que, previo al crimen, Féliz sufrió hechos de violencia que afectaron su salud.
El día 8 de septiembre de 2024 la víctima tuvo que recibir asistencia médica debido a dolores en el cuerpo.
Posteriormente, el día 13 de ese mismo mes la víctima llamó a su empleadora para que fuera a su vivienda porque se sentía mal.
Cuando la empleadora acudió al lugar encontró a Loida Chanelis Féliz tirada en el piso con pérdida del conocimiento.
La víctima fue asistida por miembros del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad (9-1-1), quienes procedieron con su traslado hasta un hospital, donde falleció mientras recibía atenciones médicas.
De acuerdo a la autopsia judicial, la muerte de Féliz se produjo a causa de un trauma cerrado de abdomen con contusión de piel y tejido celular subcutáneo en el costado izquierdo, así como por contusión, laceraciones y hematomas en otras partes del cuerpo.
Durante el juicio, el Ministerio Público, representado por el fiscal litigante Ignacio Rojas, mostró al tribunal suficientes elementos de prueba que demostraron la responsabilidad penal del hoy procesado, quien fue hallado culpable de violar los artículos 295, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano, sobre homicidio.
Los jueces del Segundo Tribunal Colegiado, Josefina Ubiera Guerrero, Isaías Martínez y Ana Miledys Taveras, dictaron la sentencia condenatoria y ordenaron su cumplimiento en la cárcel del 15 de Azua.
Nacionales
Acribillan a balazos a “Maja Casquillo” buscado por múltiples actos delictivos
Santo Domingo.- Un reconocido antisocial activamente buscado mediante orden de arresto por violación a los artículos 265, 266 y 309 del Código Penal Dominicano (asociación de malhechores y violencia), falleció la tarde de este jueves tras enfrentar a tiros a una patrulla de investigaciones que intentaba apresarlo en el sector San Isidro Arriba, del municipio Santo Domingo Este.
Se trata de Junior Antonio Araujo Guevara (a) “Maja Casquillo”, de 30 años, residente en el sector Herrera, Santo Domingo Oeste.
De acuerdo con el informe preliminar, el hecho ocurrió cuando agentes policiales realizaban labores investigativas y de patrullaje en la calle Primera del sector El Martillo, en San Isidro Arriba, Santo Domingo Este.
Según el informe de la patrulla actuante, el individuo, al notar la presencia policial, abrió fuego con una pistola calibre .380 (serie No. 7133240, no legible en su totalidad), lo que obligó a los agentes a repeler la agresión.
Como resultado del enfrentamiento, Araujo Guevara resultó con múltiples heridas de proyectil de arma de fuego, siendo trasladado al Hospital del Almirante, donde falleció mientras recibía atenciones médicas, según diagnóstico de los facultativos actuantes.
Historial delictivo
El hoy occiso era buscado mediante orden de arresto No. 2026-AJ0024755 por presunta violación a los artículos 265, 266 y 309 del Código Penal Dominicano.
Las autoridades informaron que el caso continúa bajo investigación para los fines correspondientes.
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