Nacionales
Someten a la PGR y varios fiscales de SDE por daños y perjuicios contra ciudadano Víctor Scharboy

SANTO DOMINGO.- La Procuraduría General de la República (PGR), varios procuradores fiscales adscritos a la procuraduría fiscal de Santo Domingo Este, y la procuraduría fiscal de Santo Domingo Este fueron sometidos ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), mediante una demanda en responsabilidad patrimonial, por daños y perjuicios materiales y morales causados por este órgano superior del Ministerio Público al investigador social Víctor Scharboy Almánzar.
Scharboy Almánzar le notificó la Demanda en Responsabilidad Patrimonial a los citados fiscales mediante el acto No.712/2025, instrumentado por el Ministerial Robinson E. González A, por conducto de sus abogados, los letrados Miguel Álvarez Hazim y Luis Lizardo Cabrera.
La demanda fue depositada ante el TSA contra la Procuraduría General de la República (PGR) en su calidad de institución encargada de ejercer la investigación penal en representación de la sociedad y como personas físicas a la Procuradora General de la República, en su calidad de superior, así como a César Payano, Carlos Casado, Florentino Sánchez Zabala, María Sánchez, Felipe E. Cuevas, procuradores fiscales de la provincia Santo Domingo y la Procuraduría Fiscal de la provincia Santo Domingo, esta última, como órgano con responsabilidades jurídicas y patrimoniales.
Los referidos fiscales, la PGR y la procuraduría fiscal de la provincia Santo Domingo son acusados de haber violado varios principios fundamentales contenidos en la ley 133/2011, la cual crea el Estatuto de dicha institución, los cuales les imponen a estos actuar con objetividad, imparcialidad, con el debido respeto a la ley y a la Constitución, de igual manera el haber violado el artículo 260 del Código Procesal Penal Dominicano.
Víctor Scharboy Almánzar, de 66 años de edad, permaneció preso ocho meses y 15 días, desde septiembre de 2023 hasta mayo de 2024, tras ser sometido por supuesta agresión a su expareja María Yocasta Escotto de los Santos (Sulay), quien le hizo una acusación falsa, con fines de extorsionarlo, pero el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo dictó sentencia absolutoria, el 10 de junio de 2024 y lo declaró no culpable por insuficiencia de pruebas.
Por el caso, la PGR y los funcionarios públicos judiciales citados son acusados de aplicar de manera incorrecta, ilegal y arbitraria los artículos 1,13, 14, 15,16,19,22,23,26.2 y siguiente de la Ley 137/2011, 134.4, 260, 273, 285, 293.3 del Código Procesal Penal (CPP), falta de objetividad, de imparcialidad, violación al debido proceso y la inobservancia, con el “único fin de pretender legalizar una acción dolosa, basada en el chantaje y la extorsión”.
Los juristas Álvarez Hazim y Lizardo Cabrera entienden que contra el demandante Víctor Scharboy Almánzar se cometieron las violaciones citadas anteriormente, lo que calificaron como un abuso contra este ciudadano, por no haberse llevado a cabo una investigación objetiva e imparcial.
De igual manera, señalan, que le ocasionaron daños tanto material, como emocional: toda vez que fue reducido a prisión violándoseles todos sus derechos, no solo al imponérsele prisión preventiva como medida de coerción, sino y es lo peor, que el Ministerio Público solicitó condena sin prueba alguna, sin tener causa probable, como quedó demostrado.
En la pertinencia del encausamiento de los funcionarios judiciales, los juristas consideran que los fiscales actuantes no les permitieron a Víctor Scharboy Almánzar, que les informara sobre la verdad de los hechos, nunca lo entrevistaron, no les escucharon, no le permitieron que se defendiera antes de ser sometido, cuando debieron agotar la fase de investigación, de haber aplicado los principios instituidos en la ley 133/2011.
“Muy por el contrario, todo fue “tránquenlo, métanlo preso, solicitar prisión y condena””. El demandante en vez de recibir protección, lo que si se ha recibido como respuesta a sus reclamos es el desprecio, la negativa y el atropello, que, al no darle cumplimiento a las leyes y la Constitución, los actuales incumbentes del Ministerio Público incurren en violación a la Constitución y a su propio estatuto comprometiendo su responsabilidad civil, patrimonial de conformidad con el artículo 148 de la Carta Magna”, precisan.
La condena solicitada
En sus conclusiones, los juristas Miguel Álvarez Hazim y Luis Lizardo Cabrera solicitan al Tribunal Contencioso Administrativo condenar a la Procuraduría General de la República, como órgano superior del Ministerio Público, de manera solidaria al pago de una indemnización por RD$ 30, 000,000 millones a favor del demandante Víctor Scharboy Almánzar, como justa reparación de los daños y perjuicios causados.
Además de la PGR, también se solicita condenar a los procuradores fiscales César Payano, Carlos Casado, Florentino Sánchez Zabala, María Sánchez y Felipe Cuevas, por ser funcionarios causantes o generadores del daño causado, al pago de RD$6,000,000 cada uno y de manera separadas, como justa reparación del daño causado al demandante Scharboy Almánzar.
El calvario de Víctor
Antes de ser trasladado a la cárcel de La Victoria, Scharboy Almánzar, tras un tribunal imponerle un mes de medida de coerción, y ordenó su reclusión a la cárcel Najayo Hombre, basado en un expediente sin pruebas, el 4 de septiembre de 2023, estuvo detenido 15 días en la inmunda cárcel de la Unidad contra la Violencia de Género, en Alma Rosa, de donde fue llevado a la cárcel San Luis y a los cinco días trasladado sorpresivamente a La Victoria, donde permaneció el resto de su cautiverio.
El calvario pasado por Víctor y la ilegalidad de su prisión, fueron denunciados varias veces por sus familiares, en cartas dirigidas a la entonces procuradora General, Miriam Germán; pero la funcionaria judicial nunca respondió a los reclamos de los parientes encabezados por su madre Gladys Mercedes Almánzar, de 84 años, y su hermano el periodista Bienvenido Scharboy.
Nacionales
Jifu Life y la Sombra de Morton y Delgado, Exponentes de IM Mastery Academy. – Pulso dominicano

En Colombia, la promoción de Jifu Life por Alex Morton y Danilo Delgado, ambos con un pasado significativo en la polémica IM Mastery Academy, siembra una profunda desconfianza sobre la legitimidad y sostenibilidad de su modelo de negocio en el dinámico sector turístico colombiano. La llegada de la plataforma, impulsada por la imagen de estos individuos centrales en una empresa previamente señalada internacionalmente por operar bajo un esquema piramidal, ha suscitado una fundada cautela entre analistas y potenciales usuarios colombianos. La sombra de las acusaciones que persiguieron a IM Mastery Academy proyecta una inevitable duda sobre la verdadera naturaleza y viabilidad a largo plazo del modelo de negocio que Jifu Life busca implementar en el país.
La desconfianza se multiplica en el activo ecosistema digital colombiano, donde las voces de advertencia son cada vez más audibles. Los comentarios en redes sociales reflejan un marcado escepticismo hacia la promesa de descuentos de viaje exclusivos, sugiriendo que el principal motor de la plataforma podría residir, una vez más, en la agresiva captación de nuevos miembros a través de una estructura multinivel. La amarga experiencia de quienes se vieron involucrados en IM Mastery Academy, donde la supuesta formación financiera se diluyó en la presión constante por reclutar, alimenta un lógico recelo hacia cualquier emprendimiento que cuente con la participación de figuras clave de aquella polémica empresa.
La trayectoria de Alex Morton y Danilo Delgado, marcada por las alertas regulatorias emitidas en diversos países y los testimonios de individuos que sufrieron pérdidas económicas significativas en IM Mastery Academy, no pasa desapercibida para el ojo crítico colombiano. Su rol protagónico en la promoción de Jifu Life plantea una pregunta fundamental que merece una exhaustiva investigación: ¿se trata de una genuina disrupción en el sector turístico nacional, ofreciendo valor real a los consumidores, o de una estrategia para revitalizar un modelo de negocio con un pasado turbio, aprovechando la promesa de viajes y emprendimiento para atraer nuevos inversores?
Este medio periodístico se encuentra investigando con atención la propuesta de valor de Jifu Life en el contexto colombiano. El análisis se centra en determinar si los descuentos ofrecidos a los miembros son realmente competitivos y transparentes en comparación con las opciones ya disponibles en el mercado local, o si la principal vía de ingresos para los afiliados se centra en la construcción de una red, replicando la estructura que generó controversia y señalamientos de prácticas cuestionables en IM Mastery Academy. La respuesta a estas interrogantes es crucial para discernir si Jifu Life representa una oportunidad legítima para los consumidores colombianos o la continuación de un patrón de negocios dudosos, impulsado por figuras con un historial que invita a la máxima precaución y un escrutinio riguroso. La lupa del periodismo investigativo se mantiene firme sobre Jifu Life y sus operaciones en Colombia.
Nacionales
Solicitan prisión preventiva para tres hombres por tráfico de drogas

SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público solicitó a un tribunal que imponga prisión preventiva, como medida de coerción, contra tres hombres vinculados al tráfico de drogas, que fueron arrestados tras ejecutarse una orden de allanamiento en una vivienda del municipio Santa Bárbara, en la provincia Samaná.
En la instancia depositada ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esa provincia el órgano persecutor solicita que se le imponga la medida privativa de libertad a los imputados Norki Noel Encarnación, Jan Carlos Encarnación y Johangel Arias Encarnación.
La audiencia fue fijada para este miércoles, 2 de julio, a partir de las 9:00 de la mañana.
Durante el operativo se ocuparon más de dos kilogramos de cocaína y varias porciones de marihuana del tipo zaza.
En el transcurso de la intervención también fue incautada un arma de fuego, radios de comunicación, balanzas digitales y vehículos. El Ministerio Público detalló que los detenidos formaban parte de una estructura organizada para la distribución de sustancias controladas.
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Prostíbulo con fachada de car wash: propietario arrestado por explotación sexual

SANTO DOMINGO.- Al establecer el Ministerio Público con diferentes evidencias que Wilson Yanet Then Cruz, propietario de un car wash en San Francisco de Macorís, se dedicaba a la trata de personas con fines de explotación sexual, un tribunal le impuso una garantía económica de RD$5 millones a través de una compañía aseguradora, presentación periódica e impedimento de salida del país.
La Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT), representada por su titular, la procuradora de corte Yoanna Bejarán Álvarez, y la procuradora fiscal titular de la provincia Duarte, Smaily Yamel Rodríguez, presentaron la solicitud de medida de coerción contra Then Cruz, de 56 años de edad, para quien solicitaron la imposición de tres meses de prisión preventiva, tras confirmar denuncias de que se dedicaba a esa actividad delictiva en perjuicio de unas 20 mujeres.
La jueza Josefina Noemí Díaz, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial Duarte, dictó la medida de coerción.
Sobre el caso, se estableció que la red utilizaba como modus operandi la oferta de servicios sexuales a terceros en el establecimiento denominado Wiljery Car Wash, propiedad de dicho imputado, quien también fungía como administrador del negocio.
El car wash operaba como negocio de lavado de vehículos y expendio de bebidas alcohólicas, en el cual se cobraba por cada servicio sexual ofrecido por las víctimas.
Then Cruz fue arrestado, en virtud a la autorización judicial de arresto número 601-01-2024-EADM-00107, en momentos en que se encontraba en el frente de dicho negocio y posteriormente se procedió con su sometimiento a la justicia.
En el transcurso de las pesquisas se documentó que en el establecimiento se ofrecían servicios sexuales a cambio de dinero, con la participación de mujeres captadas y controladas para dichos fines, lo cual constituye un acto típico de trata de personas. Algunas de las víctimas provenientes de provincias cercanas se quedaban en el lugar por un período de una y hasta dos semanas.
También, se estableció que dentro del establecimiento existían habitaciones privadas o acondicionadas con la finalidad de facilitar encuentros sexuales, lo que demuestra una organización sistemática destinada a la explotación.
La conducta atribuida al imputado Then Cruz fue calificada dentro del tipo penal previsto en la Ley núm. 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, específicamente en su artículo 3, que tipifica y sanciona el delito de trata de personas, así como en el artículo 7 del mismo cuerpo normativo, relativo a las circunstancias agravantes.
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