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“Luces y sombras” en sentencia que condena a Juan Alexis Medina Sánchez y compartes, dice Ministerio Público

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“Luces y sombras” en sentencia que condena a Juan Alexis Medina Sánchez y compartes, dice Ministerio Público


SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público calificó como una decisión de “luces y sombras” la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que impone una condena de 7 años de prisión contra Juan Alexis Medina Sánchez y descarga a algunos de los imputados del caso que se derivó de la Operación Antipulpo y que las propias juezas definieron como un caso en el que se evidenció la corrupción “plena, absoluta y profunda”.

Al salir de la audiencia en la madrugada de este jueves, el procurador adjunto Wilson
Camacho, titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, se
refirió a las luces de la sentencia al explicar que “en este proceso está condenado el
gerente operativo de este entramado, Juan Alexis Medina Sánchez, que es además
hermano de un expresidente de la República”.

“En este proceso, además, fueron condenadas todas las empresas de este entramado
de corrupción. Fue, además, ordenado el decomiso de todos los bienes de las
personas que fueron condenadas”, indicó.

“Este tribunal, además, acogió el acuerdo que hizo el Ministerio Público con Víctor
Matías Encarnación Montero (ex director técnico de la Oisoe) y condenó a los
imputados al pago de multas”, indicó Camacho, al responder a los periodistas que le
preguntaron sobre la decisión de las juezas Claribel Nivar (presidenta del tribunal),
Yissell Soto Peña y Clara Sobeyda Castillo.

El procurador adjunto representó al Ministerio Público en audiencia junto a la
procuradora de corte Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de
Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca). El equipo estuvo integrado
además por los fiscales Elizabeth Paredes, Yoneivy González y Ernesto Guzmán.

Camacho recordó que el proceso ya había alcanzado otras cinco condenas, antes de
la sentencia de este jueves, cuatro de ellas admitieron los hechos en la audiencia
preliminar. “Estoy hablando de Francisco Pagán, Juan Esteban Suriel, Domingo
Santiago y Lewi Castillo que se suman a los sancionados por este proceso y otra
persona que es María (Isabel) de los Milagros (Torres Castellanos) que también fue
condenada en un proceso para inimputables”, dijo.

Sostuvo que en la sentencia de las juezas “hay algunas sombras y esas sombras están
vinculadas a algunos descargos como el de Fernando Rosa y Magalys Medina Sánchez,
que son descargos que, a juicio del Ministerio Público, son una incorrecta apreciación
de las pruebas que hemos presentado y desde ahora le podemos decir que vamos a
apelar esos descargos”, indicó Camacho.

Insistió en que “la teoría de caso del Ministerio Público fue probada en este caso”.
“Se probó el soborno, la estafa contra el Estado, se probó la asociación de
malhechores, la falsificación, es decir, los tipos penales que presentó el Ministerio
Público fueron probados”, indicó.

“Algo que nosotros nos propusimos desde el día uno: no habrá un solo tribunal en
la República Dominicana que pueda decir que no hubo pruebas, no habrá un solo
tribunal que pueda decir que no hubo pruebas y en este caso, este tribunal no ha
sido la excepción y ha tenido que admitir que el Ministerio Público trajo pruebas
suficientes para la decisión que produjeron, en los términos que ellos la produjeron”,
dijo Camacho.

Antes de emitir sentencia, las propias juezas plantearon: “La sociedad definitivamente
tiene que estar de pie ante todo este flagelo, porque la corrupción, sin duda, ha
quedado evidenciada en este caso: ha sido plena, absoluta y profunda…”.
En voz de la jueza Yissell Soto Peña el tribunal aprovechó un momento para
reflexionar sobre el deterioro institucional profundo de la sociedad que pudo
evidenciar con los casos de corrupción que presenta el Ministerio Público.

“Cada vez que conoce un caso (el tribunal), es como si sintiera que está en un
proceso de involución, las cosas están más graves. Y creo, creemos nosotras, que
tenemos que reflexionar nosotros mismos”, dijo.

“No es que tengamos a todos los fiscales trabajando para meter preso al que haga la
cosa mala, no; lo que aspiramos es que ellos no tengan tanto trabajo para que el
sistema esté un poco más desahogado”, agregó en una reflexión en la que insistió en
que los empleados públicos de menor categoría no deben cegarse ante la corrupción.

“No podemos tener una ceguera descuidada porque si lo hacemos nos vamos a
involucrar en cosas malas”, indicó previo a alegar que técnicamente, y conforme a su
criterio, el tribunal no pudo “subsumir” algunas conductas punibles de los
procesados, lo cual no significó, dijo, que las juezas no apreciaran que tan malas
fueran las cosas juzgadas.

“Ojalá que empecemos a cambiar, porque si no aprendemos a cambiar, siempre
vamos a tener estos procesos y siempre van a ser malos: hablamos de aquel
muchacho en el barrio que mata a alguien para robar un celular, si equiparamos las
cosas, no sabemos sinceramente cuál es es peor”, indicó la jueza Soto Peña.
La decisión de las juezas

Medina Sánchez, quien dirigía el entramado de corrupción, fue declarado culpable de
soborno en el comercio y la inversión, lavado de activos, uso de documentos falsos,
asociación de malhechores.

El tribunal también condenó a José Dolores Santana Carmona a la pena de 6 años de
prisión y a 5 años a Wacal Vernabel Méndez Pineda, Francisco Ramón Brea Morel,
Carlos Martín Montes de Oca, Rigoberto Alcántara Batista y a Paola Mercedes y a
Víctor Matías Encarnación.

Los procesados Medina Sánchez, José Dolores Santana Carmona, Wacal Vernabel
Méndez Pineda, Paola Mercedes y Rigoberto Alcántara Batista y varias empresas
deberán pagar 500 millones al Estado dominicano.

También, las empresas Domedical Supply SRL; Fuel American Inc.; General Supply
Corporations SRL; General Medical Solution AM SRL; Kyanred Supply SRL; Suim
Suplidores Institucionales Méndez SRL; United Suppliers Corporations SRL;
WattmaxDominicana SRL; WMI International SRL; Wonder Island Park SRL;
Acorpor SRL; Ichor Oil SRL; Globus Electrical SRL; Contratas SolutionServices CSS
SRL; Constructora Alcántara Bobea (CONALBO) SRL; Proyectos Engineering &
Construction PIC SRL; Reivasapt Investment SRL; Suhold Transporte y Logística SRL.
Juan Alexis Medina Sánchez y los demás condenados deberán cumplir la prisión en
los centros de corrección y rehabilitación Najayo Hombres y Najayo Mujeres, en la
provincia San Cristóbal, además de que deberán pagar las costas penales del proceso.

En virtud del acuerdo al que arribó con el Ministerio Público, el procesado Víctor
Matías Encarnación Montero fue declarado culpable y condenado a 5 años de prisión,
disponiendo el tribunal la suspensión de la pena, sujeto a reglas, entre las que se
encuentran residir en el domicilio que fue notificado al tribunal. También, fue
condenado al pago de las costas penales y al pago de una multa de 500 mil pesos.

El tanto que fueron absueltos Fernando Rosa, Carmen Magalys, Freddy Hidalgo,
Rafael Antonio Germosén Andújar, Lina Ercilia de la Cruz Vargas, Pachristy
Emmanuel Ramírez, Carlos José Alarcón, Libni Arodi Valenzuela Matos, José Miguel
Genao Torres, Antonio Florentino Méndez, José Idelfonso Correa Martínez, Aquiles
Alejandro Christopher Sánchez y Fulvio Antonio Cabreja Gómez

También, las empresas Cemeraf y Editorama fueron absueltas por lavado y liberadas
del pago de las costas penales del proceso.

La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el próximo 25 de septiembre.
En su decisión, dada a conocer alrededor de las 3:40 de la madrugada, las juezas
Claribel Nivar (presidenta del tribunal), Yissell Soto Peña y Clara Sobeyda Castillo,
destacaron la contundencia de las pruebas presentadas por el Ministerio Público tras
reconocer la complejidad del caso. “Históricamente este tribunal no había tenido
esta experiencia”.

Además, establecieron que Alexis Medina participó en contrataciones públicas sin
cumplir con los requisitos legales y que utilizó múltiples empresas para ser
beneficiado con contratos del Estado.

Sobre Alexis Medina, el Ministerio Público estableció que el acusado, valiéndose de
diferentes empresas en violación a la Ley 340, obtuvo innumerables contratos, los
hechos tienen impacto en el Ministerio de Salud Pública con los medicamentos de
alto costo, equipamiento de los hospitales, en el Ministerio de Obras Públicas con el
material asfaltico, y la participación de las compras en EdeEste. En la Policía Nacional
con combustible por más de 220 millones de los que no entregó un aproximado de
32 millones.

El tribunal pudo constatar que a la empresa Fuel América le faltaron requisitos
básicos para participar en el proceso de compras para suplir el combustible a la
Policía Nacional.

Además, constató y verificó la afectación de diferentes bombas de la Policía Nacional
que completan los más de 32 millones que señaló el Ministerio Público en su
acusación.

En la lectura se destacó con relación a la Policía Nacional: “Las anomalías que el
tribunal identificó son asombrosas”.
También, se confirmó que se dieron sobornos en la Unidad de Electrificación Rural
y Suburbana (UERS).

Las juezas rechazaron la exclusión de pruebas aportadas por el órgano acusador,
estableciendo que en la recolección de las mismas se cumplió con el debido proceso
de ley.

El tribunal rechazó varios incidentes, entre ellos, el de la defensa de Aquiles
Christopher relativo a la violación del plazo de 48 horas para la presentación de
medida de coerción, en el cual pidieron la nulidad de la investigación por error de
forma (fuera de plazo).

Tras concluir el juicio el pasado 30 de julio el tribunal fijó para este miércoles 13 de
agosto, a las 11:00 de la mañana, la lectura de la decisión. Posteriormente, la
aplazaron para las 5:00 de la tarde de este mismo miércoles.

Cerca de seis horas después, específicamente a las 10:45 de la noche del miércoles,
el tribunal inició con las motivaciones. Previamente, la presidenta Claribel Nivar se
disculpó por el retraso tras indicar que tenían tres días de arduo trabajo para dar
respuesta en el caso de manera oportuna.

Explicó que el 10 de mayo del año 2023 el tribunal fue apoderado del proceso,
durante el cual se desarrollaron 127 jornadas y se agotó una gran cantidad de horas
en coordinación con el equipo del despacho judicial.

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Desarrollo Social Supérate celebra habilitación de la tercera cohorte de personas cuidadoras

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Desarrollo Social Supérate celebra habilitación de la tercera cohorte de personas cuidadoras


-Autoridades trazarán ruta para contrataciones-

Santo Domingo.- La Dirección de Desarrollo Social Supérate llevó a cabo este miércoles, en el marco de la “Semana de los Cuidados 2025”, la habilitación de la tercera cohorte de personas cuidadoras de República Dominicana; 87 nuevas cuidadoras y cuidadores de Azua (53) y Santo Domingo Este (35).

Esta tercera cohorte de personas cuidadoras, conformada por 87 mujeres y un hombre, cumplieron con el programa de formación del Instituto de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), que dotó a participantes de las competencias necesarias para ofrecer el servicio de cuidados a adultos mayores. Además de garantizar el derecho al cuidado, también promueve la igualdad de género y la creación de empleo digno. Durante seis meses hicieron pasantía en centros de día del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE).

Durante su discurso ante las personas cuidadoras, representantes de instituciones gubernamentales y agencias internacionales, la directora de Desarrollo Social Supérate, Gloria Reyes, reiteró que la habilitación de nuevas personas cuidadoras no solo reconoce los logros individuales de quienes se formaron y capacitación, “también reafirma el compromiso institucional con un sistema nacional de cuidados que pone en el centro la vida, la equidad y el bienestar colectivo”.

“Hoy, Día de la Persona Cuidadora, celebramos las ocho decenas de historias de mujeres y hombres que ven reconocido su talento, su compromiso y su vocación. Este acto no solo representa una certificación técnica; representa la dignificación de un trabajo históricamente invisibilizado, y la apertura de nuevas oportunidades económicas para cientos de familias dominicanas”, aseveró Reyes.

Gloria Reyes, directora Desarrollo Social Supérate, y Demetrio Vicente, director de Conape, en compañía de de autoridades.

Reyes resaltó que con las 88 personas cuidadoras que recibieron la habilitación este miércoles, ya suman 280 las cuidadoras y cuidadores dominicanos, con posibilidades de acceder a una fuente de trabajo digno y decente. “Aprovecho este momento para anunciarles que, en este mes de noviembre, trazaremos la ruta para contratación de nuevas personas cuidadoras”.

En tanto, las palabras del doctor Demetrio Vicente, director ejecutivo de CONAPE, estuvieron centradas en el beneficio que significa la Política Nacional de Cuidados para las personas adultas mayores. “Este sistema de cuidados representa una revolución silenciosa en su calidad de vida”.

Expresó que este logro no pertenece a una sola institución. Es una victoria del trabajo articulado entre todas las entidades que integran la Mesa Intersectorial de Cuidados. “Estamos redefiniendo lo que significa envejecer en la República Dominicana. Estamos pasando de un modelo basado únicamente en la buena voluntad, a un modelo de derechos garantizados por el Estado”.

Asimismo, las gobernadoras de la provincia Santo Domingo y de Azua, Lucrecia Leyba y Minerva Navarro, respectivamente destacaron el esfuerzo que realiza la Mesa Intersectorial de Cuidados para el desarrollo de una Política Nacional de Cuidados.

Los titulares de la Dirección de Desarrollo Social Supérate y CONAPE informaron que con la implementación de la Política Nacional de Cuidados el país se consolida como un referente regional en la integración del cuidado como derecho, empleo digno y motor de desarrollo social y económico.

Al acto de graduación de la tercera cohorte de personas cuidadoras de República Dominicana también asistieron 25 familias de hogares Supérate que están en el proceso de formación y capacitación para atender a sus familiares dependientes.

Asimismo, autoridades gubernamentales como las gobernadoras de la provincia Santo Domingo y Azua, Lucrecia Santana Leyba y Minerva Navarro, respectivamente. También el director general del Sistema Único de Beneficiarios (Siuben), Augusto de los Santos; Ana Gabriela Then, consultora de protección social y mercados laborales del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y Alexis Cruz Rodríguez, viceministro de Hacienda y Economía.

Mesa Intersectorial

La directora de la DDSS destacó que los resultados de la Política Nacional de Cuidados en el período 2022-2025 se deben al esfuerzo de la Mesa Intersectorial formada por los ministerios de la Mujer, Hacienda y Economía y de Trabajo; también la DDSS, CONAPE, el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI), el Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia (Conani), INFOTEP, el Consejo Nacional de la Discapacidad (CONADIS),el Sistema Único de Beneficiarios (SIUBEN) y la Oficina Nacional de Estadísticas (ONE).

También participan el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Cepal, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD).

La Política Nacional de Cuidados es una estrategia que combina la expansión de los servicios públicos de cuidado y la formación profesional de personas cuidadoras con la promoción de la corresponsabilidad social, haciendo especial énfasis en garantizar el derecho a ser cuidado en condiciones de dignidad y equidad.

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Confirman 20 años de prisión a tres hombres  por secuestros exprés

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Confirman 20 años de prisión a tres hombres  por secuestros exprés


SANTO DOMINGO.- A solicitud de la Unidad Antisecuestro del Ministerio Público, un tribunal ratificó la condena de 20 años impuesta a tres hombres procesados por asociación de malhechores, robo agravado y violación sexual, afectando la libertad ambulatoria de las víctimas.

La Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó la sentencia a Ángel Alexander Aquino, Víctor Javier García Suazo y Jeremy Polanco Mieses.

La red criminal, que operaba desde el sector de Guachupita, en el Distrito Nacional, se dedicaba a citar a hombres por aplicaciones de redes sociales enfocadas en citas. Una vez captaban a una víctima, afectaban su libertad ambulatoria y la despojaban de sus pertenencias.

La estructura estaba compuesta, además de los 3 condenados, por dos menores de edad que se encuentran sometidos en la jurisdicción de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional y un prófugo conocido por su nombre de pila.

El tribunal, integrado por Ramona Rodríguez López, Rafael A. Báez García y Daisy Indhira Montás Pimentel, rechazó el recurso de apelación interpuesto por los imputados, toda vez, que la sentencia atacada, contiene motivos suficientes que justifican su dispositivo, por explicar en hecho y en derecho la decisión y que no contiene los vicios establecidos por los recurrentes.

En el caso particular, la Unidad Antisecuestro, dependencia de la Dirección General de Persecución, acusó a los condenados, por dos hechos. El primero ocurrió el 6 de diciembre de 2023, cuando la estructura citó con fines de robo a una víctima, a quien después de amenazarlo con un cuchillo y violarlo, le sustrajeron un celular Iphone, modelo 13 Pro Max, del cual tuvieron acceso a sus contactos.

A través de dicho móvil, los procesados mantuvieron conversaciones con otras personas, logrando por esta vía, contactar a una segunda víctima, quien, bajo engaño, fue citada presuntamente por su amigo el 10 de diciembre de 2023 y al llegar al lugar la golpearon, violaron y le sustrajeron sus pertenencias.

El Ministerio Público, con el apoyo de la Policía Nacional y la División Especial de Investigación de Crimen Organizado Internacional (Deicroi), pudo recuperar parte de las pertenencias robadas, que habían sido vendidas.

La condena fue impuesta por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por las juezas Jissele Naranjo, Emely Bruno y Katherine Rubio, quienes acogieron la acusación presentada por el Ministerio Público, dictando sentencia condenatoria de 20 años de prisión a cada imputado, a ser cumplidos en los centros de corrección y rehabilitación El Pinito, de La Vega; Najayo, en San Cristóbal, y San Pedro de Macorís.

El fiscal litigante Claudio Cordero manifestó que esta decisión de la corte confirma una investigación oportuna y que permitió una sentencia justa, la cual valoró la corte al ratificar la condena.

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Hombre y mujer planificaban buscar niñas para abusar sexualmente de ellas

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Hombre y mujer planificaban buscar niñas para abusar sexualmente de ellas


SANTO DOMINGO.- Al acoger la solicitud del Ministerio Público, una jueza de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra un hombre y una mujer que planificaban captar niñas para abusarlas sexualmente.

Los imputados Alexander Ramón Peña Henríquez y Luisa Stfrent, de nacionalidad haitiana, son imputados de violar la Ley sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas y el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).

La medida fue impuesta debido a la amenaza colectiva que representan para la población de niños, niñas y adolescentes, por cuanto planificaban y coordinaban captar menores de edad a los fines del hombre obtener gratificación sexual y sostener relaciones sexuales con estos menores de edad, y la mujer obtener valores económicos.

El escenario que dio lugar al arresto y posterior judicialización de los imputados se originó en un video, difundido a través de plataformas y redes sociales, donde Peña Henríquez ofrecía una cantidad de dinero de entre RD$15,000 a RD$20,000 pesos, para que Stfrent, quien se dedica a captar personas adultas y menores de edad, para ofrecer servicios sexuales a cambio de pagos en las provincias La Vega y Santiago, le ubicara y cediera menores de edad, a fin de abusarlas sexualmente.

En la audiencia de medidas de coerción, las fiscales María Dolores Rojas, Martha González y Wendy Sánchez, presentaron a la jueza Iris Sugelly Borgen Santana, las evidencias de que existe un latente peligro y amenaza contra esta población vulnerable, por cuanto se debía imponer la prisión preventiva, al ser considerada la medida idónea para proteger a las potenciales víctimas y permitir la continuidad del proceso.

Además de imponer la medida solicitada por el órgano acusador, el tribunal también autorizó la extracción de información que pueda resultar de interés para la investigación, del teléfono celular que le fue ocupado a la imputada.

Peña Henríquez, dominicano, y Stfrent, de nacionalidad haitiana, fueron arrestados mediante las órdenes tramitadas ante el tribunal competente 2025-AJ0071635 y 2025-AJ0071634.

De manera provisional, la Fiscalía de Santiago ha imputado contra los procesados la violación a los artículos 1, 3, y 5 de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, principios V, VI y VII y el artículo 14 del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), que tipifican la captación de menores de edad a los fines de gratificación y obtención de favores sexuales y por violación a los derechos de la imagen, intimidad, honor y dignidad de las personas menores de edad, en perjuicio de la sociedad y el Estado dominicano.

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